mayo 21, 2026

SANTO DOMINGO, R.D. Ante la alarmante y dolorosa ola de feminicidios que ha sacudido a la sociedad dominicana, en los últimos días, el Comité Nacional de los Derechos Humanos Sindicales y Laborales (CONADEHUSIL), representado por su presidenta, la Licda. Marilín de los Santos, fijó una posición de urgencia y demandó del Estado una respuesta contundente, articulada y sistemática, para frenar los frecuentes y alarmantes casos de violencia de género.

«No podemos seguir contando bajas ni tratando como simples estadísticas las vidas de nuestras mujeres. Cada feminicidio es una falla del sistema y una tragedia social que destruye familias y deja huérfanos en la desolación. Exigimos una reingeniería inmediata de las políticas públicas de prevención y atención», manifestó de los Santos.

Para abordar esta problemática de manera estructural, CONADEHUSIL propuso al Gobierno de la República Dominicana, la implementación de un Plan de Acción Integral, dividido en metas a corto, mediano y largo plazo.

«Entre las medidas a corto plazo, estaría una articulación interinstitucional de emergencia que involucre al Ministerio Público, el Ministerio de la Mujer, el Ministerio de Interior y Policía, el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 y las entidades de la sociedad civil, defensoras de los derechos de las mujeres», detalló de los Santos.

En ese mismo sentido, la también abogada, abogó por unificar el Sistema de Alertas (9-1-1) y la Policía Nacional (P.N.), creando una línea de atención y despacho prioritario y exclusivo en el 9-1-1, para denuncias de violencia de género, con geolocalización inmediata para el envío de patrullas de Interior y Policía.

«Por igual, que el Ministerio Público y el Ministerio de la Mujer, ejecuten de manera obligatoria, un protocolo de evaluación de riesgo real, cada vez que una mujer ponga una denuncia, garantizando casas de acogida inmediatas y órdenes de alejamiento con monitoreo policial estricto, sin dejar la responsabilidad de la citación en manos de la víctima», explicó.

Asimismo, la activista social propuso integrar a las «organizaciones defensoras de los derechos humanos sindicales y a la sociedad civil defensora de los derechos de mujer y la familia como veedores y receptores de alertas tempranas en los barrios y entornos laborales».

Fortalecimiento institucional y preventivo

Con respecto a las medidas a mediano plazo, de los Santos recomendó
especializar a los agentes policiales y personal judicial en materia de género, para evitar la revictimización y garantizar un trato digno y empático.

«También sería importante implementar, de manera masiva, el uso de brazaletes electrónicos para los agresores con órdenes de restricción, alertando a las autoridades si violan el perímetro de seguridad», instó.

Asimismo, con respecto a las medidas a largo plazo, la profesional propuso al Ministerio de Educación (MINERD), una reforma formativa en las escuelas públicas y colegios privados:

«Es importante implementar, de forma obligatoria, en el currículum escolar, programas educativos que enseñen a los niños, niñas y adolescentes a gestionar las emociones, resolver conflictos sin violencia, erradicar el machismo y fomentar el respeto mutuo en las relaciones de pareja», afirmó.

De igual manera, «desconstruir los roles de género que promueven la propiedad o control sobre la mujer, educando para una cultura de paz».

De los Santos concluyó haciendo un llamado al presidente de la República y a todos los sectores de la vida nacional.

«La violencia de género no es un asunto privado; es una crisis de derechos humanos y de seguridad pública. Desde CONADEHUSIL nos ponemos a la disposición para trabajar de la mano con el Gobierno y las instituciones. Pero exigimos voluntad política y presupuesto real para salvar, hoy, las vidas de nuestras mujeres», finalizó.

El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional declaró culpables a Rafael Olegario Helena Regalado, Ailec Paloma Soto Garabito y Judith Franchesca Aguasvivas Báez por la adquisición fraudulenta de Costa Dorada S.A., vinculada a más de 6.3 millones de metros cuadrados de terrenos costeros en Baní. Los jueces concluyeron que se creó una estructura societaria distinta mediante documentos falsificados y condenaron además al pago de RD$100 millones en indemnización civil.

Santo Domingo, 20 de mayo de 2026. El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Rafael Olegario Helena Regalado, Ailec Paloma Soto Garabito y Judith Franchesca Aguasvivas Báez a seis, cuatro y tres años de prisión, respectivamente, tras declararlos culpables de asociación de malhechores y uso de documentos falsos para adquirir de manera fraudulenta la empresa Costa Dorada S.A., vinculada a más de 6.3 millones de metros cuadrados de terrenos costeros ubicados en Sabana Buey, provincia Peravia.
La decisión fue adoptada por el tribunal presidido por la jueza Claribel Nivar Arias e integrado por las magistradas Yissel Soto Peña y Clara Sobeida Castillo, al considerar probada la acusación más allá de toda duda razonable.
Los hechos fueron calificados conforme a los artículos 265, 266, 148 y 151 del Código Penal Dominicano, en perjuicio de las empresas Hilari Mayol, S.A.S.; Mayol & Co., S.R.L.; Grand Cays Corporation; y Okra Company LTD.
El tribunal también condenó a los procesados al pago de las costas penales generadas durante el proceso, mientras que en el aspecto civil los jueces condenaron de manera conjunta y solidaria a los imputados y a la razón social Global Multi Business Corporation al pago de una indemnización de RD$100 millones a favor de las víctimas por los daños y perjuicios ocasionados.
El proceso judicial se extendió durante años y abarcó alrededor de 54 audiencias. Durante la lectura de la decisión, el tribunal recordó que escuchó las posiciones de todos los abogados involucrados y evaluó cada una de las incidencias planteadas por las partes. Los jueces señalaron además que en el proceso se produjeron frecuentes recusaciones a jueces de distintas instancias, algunas de las cuales derivaron en inhibiciones, en un contexto que el tribunal interpretó como señales orientadas a evadir el conocimiento del proceso.

En un apartado de la decisión, el tribunal también hizo referencia a episodios de irrespeto ocurridos durante las audiencias y recordó que en una ocasión fue necesario ordenar el arresto de Rafael Olegario Helena Regalado por inconducta en sala. Asimismo, los jueces señalaron que, pese a las incidencias procesales registradas durante el expediente, el tribunal actuó con la “tolerancia procesal” necesaria para garantizar el debido proceso y emitir una decisión objetiva sustentada exclusivamente en las pruebas debatidas en juicio.
Asimismo, el tribunal rechazó reconocer como víctima a Costa Dorada S.R.L., al considerar que dicha entidad fue producto de la falsificación denunciada en el expediente. La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el próximo 10 de junio a las 9:00 de la mañana.
Conclusiones del Ministerio Público y acusación privada
Durante la jornada del viernes previo, el abogado acusador privado Jorge López Hilario, en representación de las familias Mayol y Serrano, solicitó condenas de 20 años de prisión contra Rafael Olegario Helena Regalado y Ailec Paloma Soto Garabito, mientras que pidió 10 años contra Judith Franchesca Aguasvivas Báez de Soto.
Por su parte, el Ministerio Público, representado por Magaly Sánchez, coordinadora del Departamento de Investigación de Casos Complejos de la Fiscalía del Distrito Nacional, solicitó que se garantice la seguridad jurídica y la inversión privada, al tiempo de requerir que se aplique el Derecho con sanciones correspondientes a la gravedad del daño causado por Helena Regalado, Ailec Paloma Soto Garabito, y Judith Franchesca Aguasvivas Báez de Soto.
Tanto el Ministerio Público como la acusación privada solicitaron las sanciones correspondientes, explicándole al Tribunal la gravedad de los hechos cometidos por los imputados y la contundencia de las pruebas presentadas, haciendo énfasis en tres experticias caligráficas emitidas por el INASIF, demostrando la falsificación de documentos. Sostuvieron además ante el tribunal que las empresas vinculadas a las familias Mayol y Serrano mantuvieron activas sus obligaciones tributarias y societarias desde la constitución de Costa Dorada en 1976 y durante décadas posteriores, incluyendo registros fiscales y comerciales hasta 2012, antes de la transformación societaria denunciada.
Durante la audiencia celebrada este martes, cuando el tribunal dejó el fallo en estado de ser pronunciado para darlo a conocer este miércoles, el Ministerio Público y la acusación privada reiteraron que la alegada estructura fraudulenta utilizó documentos falsificados y actuaciones societarias irregulares para asumir el control de la empresa y de los terrenos vinculados a Costa Dorada.

Tribunal valida teoría de falsificación y transformación irregular de Costa Dorada
Durante la motivación de la sentencia, el tribunal sostuvo que quedó plenamente demostrado que en el caso se produjo una falsificación documental que derivó en la creación de una estructura societaria distinta a la originalmente existente.
Los jueces establecieron que la empresa legítima era Costa Dorada S.A. y que, aunque se encontraba en una “actuación pasiva” dentro del ámbito societario, esa condición no implicaba pérdida de derechos sobre el patrimonio inmobiliario ni autorizaba actuaciones de terceros sobre la compañía.
El tribunal señaló que los propietarios legítimos descubrieron la situación cuando acudieron a realizar diligencias ante la Cámara de Comercio y encontraron una realidad distinta a la que jurídicamente conocían: Costa Dorada S.A. había sido transformada en Costa Dorada S.R.L.
La sentencia indica que, aunque la legislación comercial ordenaba la adecuación de determinadas estructuras societarias, en este caso el proceso de transformación no fue encabezado por quienes tenían el derecho legítimo para hacerlo, sino por terceras personas desconocidas hasta entonces por las familias afectadas. “Lo que sí se determinó es que la empresa había sido ciertamente transformada en Costa Dorada S.R.L.”, expresó el tribunal durante la lectura del dispositivo motivado.
Los jueces cuestionaron además quién otorgó poderes para actuar en justicia a las personas involucradas en el proceso, tomando en cuenta que el gobierno societario original desapareció con la transformación cuestionada y que, conforme a las pruebas presentadas, no existía autorización legítima de los propietarios históricos de la compañía.
El expediente se originó a partir de acciones judiciales iniciadas en 2013 por las familias Mayol y Serrano, luego de descubrir presuntas maniobras fraudulentas destinadas a apropiarse de los terrenos pertenecientes a Costa Dorada mediante documentos falsificados y operaciones societarias irregulares.
Según la acusación, el fraude inmobiliario pudo ejecutarse mediante la falsificación de cientos de documentos y la utilización de una persona fallecida en el 2010, Luis Américo Minervino, quien figuraba realizando operaciones de transferencia de acciones años después de su muerte. Parte de esas acciones terminaron siendo adquiridas por la empresa Global MultiBusiness Corporation GMB C, S.R.L., en medio de la alegada estructura de falsificación documental denunciada en el proceso.
Como víctimas, querellantes y actoras civiles figuran las empresas Hilari Mayol, S.A.S.; Mayol & Co., S.R.L.; Grand Cays Corporation; y Okra Company LTD. Durante la lectura de la decisión estuvieron presentes representantes de las familias Mayol y Serrano, incluyendo a Juan Mayol Vicioso, Juan Francisco Mayol Cabrera y Ana María Jiménez Goris.